Reingreso al servicio activo

El reingreso al servicio activo del personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional (FHCN) se deberá tramitar mediante este procedimiento, tanto en los supuestos en los que el funcionario tenga reserva de puesto de trabajo, como en los que no la tenga.

El FHCN que haya reingresado al servicio activo deberá regularizar su situación administrativa en el Registro integrado de FHCN de la siguiente manera:

  1. SIN RESERVA DE PUESTO: En los supuestos en que el habilitado no tiene reserva del puesto de trabajo que venía ocupando antes de acceder a su actual situación administrativa, el reingreso se efectuará a través de la solicitud de un nombramiento provisional, de la participación en un concurso de traslados o mediante su participación en un procedimiento de libre designación, a través de la toma de posesión en el puesto asignado. A continuación de la toma de posesión, el FHCN deberá presentar solicitud telemática al Ministerio, a través del procedimiento electrónico de reingreso, acompañando la documentación requerida.
  2. CON RESERVA DE PUESTO: Si el reingreso al servicio activo se realiza desde una situación administrativa que garantizaba la reserva del concreto puesto de trabajo que venía ocupando con anterioridad, el reingreso se realizará mediante solicitud de reincorporación al mismo. En los supuestos en los que haya finalizado el periodo expresamente autorizado con carácter previo en la correspondiente resolución, dicha reincorporación se realizará de forma directa; en los demás casos,  el FHCN deberá dirigir previa comunicación a la entidad local correspondiente, indicando la fecha en que desea reincorporarse al puesto reservado. En ambos casos, a continuación de la reincorporación al puesto reservado, el FHCN deberá presentar solicitud telemática al Ministerio, a través del procedimiento electrónico de reingreso, acompañando la documentación requerida.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA

  • Instancia electrónica (a cumplimentar directamente en la sede)
  • Acta de toma de posesión.

SOLICITUD TELEMÁTICA (ACCEDA)

La instancia se presentará a través de la sede electrónica :

https://sede.administracionespublicas.gob.es/login/index/idp/365

PLAZO DE TRAMITACIÓN: 3 Meses

SENTIDO DEL SILENCIO: Positivo

NORMATIVA DE REFERENCIA

Artículo 59 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

También resulta de aplicación lo dispuesto en los artículos 58 y 59 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.