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Inscripción del grado personal
Información general
El grado personal consolidado se valorará como mérito general en función del intervalo de nivel de la subescala en que se concursa, hasta un máximo de 2, 50 puntos, del modo siguiente:
Para que pueda ser valorado, debe remitirse la resolución de reconocimiento para su inscripción en el Registro Integrado conforme se describe en los apartados siguientes.
Inscripción de grado inicial
El grado personal inicial del personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional será el correspondiente al nivel de complemento de destino del puesto asignado como primer destino definitivo tras la superación del correspondiente proceso selectivo.
Transcurridos dos años, o tres con interrupción, el reconocimiento del grado se efectuará por la Administración en que el funcionario preste sus servicios en el momento de la consolidación dando comunicación al Ministerio de Hacienda y Función Pública a efectos de su inscripción en el Registro Integrado.
Si en ese tiempo el funcionario hubiera ocupado otros puestos, diferentes al asignado como primer destino, deberá acreditarse en el expediente que los puestos ocupados son de nivel superior o igual al grado cuya inscripción se solicita. Esta acreditación puede llevarse a cabo mediante la incorporación de los certificados que procedan en el apartado del formulario: “Otro/s documento/s que estime convenientes “. Si son varios documentos podrá incluirlos como un único fichero en formato zip, rar o similares.
La tramitación se llevará a cabo a través del formulario disponible en la sede electrónica: https://sede.administracionespublicas.gob.es/procedimientos/portada/ida/0/idp/306
Inscripción de grados sucesivos
Una vez inscrito el grado inicial (descrito en el apartado anterior), podrá solicitarse la inscripción de los distintos grados que vaya consolidando a lo largo de su vida administrativa.
El grado personal se consolida por el desempeño de uno o más puestos del nivel correspondiente durante dos años continuados o tres con interrupción.
Los funcionarios que obtengan un puesto de trabajo superior en más de dos niveles al correspondiente a su grado personal, consolidarán cada dos años de servicios continuados, el grado superior en dos niveles al que poseyesen, sin que en ningún caso puedan superar el correspondiente al del puesto desempeñado, ni el intervalo de niveles correspondiente a su Cuerpo o Escala.
El reconocimiento del grado se efectuará por la Administración en que el funcionario preste sus servicios en el momento de la consolidación dando comunicación al Ministerio de Hacienda y Función Pública a efectos de su inscripción en el Registro Integrado.
Si en ese tiempo el funcionario hubiera ocupado otros puestos, diferentes, deberá acreditarse en el expediente que los puestos ocupados son de nivel superior o igual al grado cuya inscripción se solicita. Esta acreditación puede llevarse a cabo mediante la incorporación de los certificados que procedan en el apartado del formulario: “Otro/s documento/s que estime convenientes “. Si son varios documentos podrá incluirlos como un único fichero en formato zip, rar o similares.
La tramitación se llevará a cabo a través del formulario disponible en la sede electrónica: https://sede.administracionespublicas.gob.es/procedimientos/portada/ida/0/idp/306
Inscripción del grado consolidado encontrándose en comisión de servicios.
La administración competente para su reconocimiento es aquella en la que el personal funcionario se encuentra prestando servicios en el momento de la consolidación, pero con la particularidad de que el tiempo transcurrido en esta situación será tenido en cuenta a efectos de consolidación del grado personal correspondiente al nivel del puesto desde el que se produce la comisión. Esta circunstancia deberá hacerse constar en la resolución de reconocimiento. También deberá acreditarse que el puesto ocupado en comisión es de igual o superior nivel al grado cuya inscripción se solicita. Esta acreditación puede llevarse a cabo mediante la incorporación de los certificados que procedan en el apartado del formulario: “Otro/s documento/s que estime convenientes “
La tramitación se llevará a cabo a través del formulario disponible en la sede electrónica: https://sede.administracionespublicas.gob.es/procedimientos/portada/ida/0/idp/306
Grado consolidado en situación de servicios en otras administraciones públicas
El grado personal reconocido al personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional en la situación administrativa de servicio en otras Administraciones Públicas será inscrito en el Registro Integrado cuando reingrese al servicio activo en la Administración Local
Grado en supuestos de cambio de subescala
El grado personal consolidado e inscrito en una subescala y/o categoría se conservará de oficio en la nueva subescala y/o categoría a la que acceda el personal funcionario dentro de la Escala de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, salvo que el personal funcionario interesado opte de forma expresa y por escrito remitido a la Dirección General de la Función Pública por no conservarlo.
Esta opción deberá ser ejercida en el plazo máximo de dos años desde que se acceda a la nueva subescala/categoría.
La presentación del escrito solicitando la no conservación del grado podrá presentarse a través del Registro Electrónico General de la Administracion general del estado (https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoComun.html), dirigido a la Subdirección General de Relaciones con otras administraciones.