Copias auténticas

Según las formas de solicitarlas, existen dos tipos de copias auténticas (art. 27.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre):

-          De salida: son las copias de documentos que hayan sido válidamente emitidos por las Administraciones Públicas. Será el órgano que emitió el documento original, como regla general, el que tenga que expedirlas.

-          De entrada: son las copias que realiza el personal de las OAMR de documentos originales u otras copias auténticas que presenten las personas interesadas y que se vayan a incorporar a un expediente administrativo. El art. 40.3 d) del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, señala esta función entre las que desarrollan las OAMR y añade que esa incorporación a un expediente administrativo será a través de dicha oficina en el registro electrónico correspondiente.