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Concurso Ordinario 2024
RESOLUCIÓN POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD A LAS BASES DE CONCURSO ORDINARIO Y CONVOCATORIAS ESPECÍFICAS
RELACIÓN INDIVIDUALIZADA DE MÉRITOS GENERALES
NOTA: Se informa a los tribunales de las corporaciones locales, así como a cualquier posible interesado en el concurso ordinario, de que en los próximos días se publicará una rectificación de errores de las relaciones individualizadas de méritos generales.
ANEXOS. RELACIÓN INDIVIDUALIZADA DE MÉRITOS GENERALES
Secretarios de tercera no integrados
BAREMOS RECTIFICADOS:
Subescala de Secretaría, categoría superior - RECTIFICADO
Subescala de Secretaría, categoría entrada - RECTIFICADO
Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior - RECTIFICADO
Subescala de Intervención-Tesorería, categoría entrada - RECTIFICADO
Subescala de Secretaría-Intervención - RECTIFICADO
QUEDAN ANULADOS LOS SIGUIENTES BAREMOS:
Subescala de Secretaría, categoría de superior
Subescala de Secretaría, categoría de entrada
Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior
Subescala de Intervención-Tesorería, categoría entrada
Subescala de Secretaría-Intervención
NOTA: Cualquier observación que se desee efectuar en relación con el contenido de la presente Resolución podrá ser adelantada a la dirección de correo electrónico sgroa@correo.gob.es. Las observaciones, para ser tenidas en cuenta, deberán contener los datos establecidos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN. ORDEN DE PRELACIÓN DE ADJUDICACIONES
- SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN. Solicitudes dirigidas a las Entidades Locales.
En el plazo de quince días hábiles a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado, el personal FHCN que desee tomar parte en el mismo dirigirá a la corporación local convocante del puesto al que concurse, la siguiente documentación:
- Solicitud de participación
- Documentación acreditativa de los méritos de determinación autonómica.
- Documentación acreditativa, en su caso, de los méritos por conciliación que puedan resultarle de aplicación
- ORDEN DE PRELACIÓN DE ADJUDICACIONES
Los concursantes a dos o más puestos presentarán solicitud y documentación acreditativa del conocimiento de la lengua, en su caso, y méritos de determinación autonómica en todas las Corporaciones en que soliciten puestos.
Se tramitarán exclusivamente través de la sede electrónica del Ministerio para la transformación digital y de la Función Pública, https://sede.administracionespublicas.gob.es accediendo consecutivamente a los siguientes apartados: Procedimientos / empleados públicos/funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional /procedimiento / orden de prelación de adjudicaciones del concurso ordinario o directamente en el siguiente enlace: Formulario orden de prelación de puestos concurso ordinario
Las solicitudes de aquellas personas que se remitan por otros medios serán objeto de requerimiento con las consecuencias establecidas en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo improrrogable de presentación de la orden de prelación para el concurso ordinario 2024 finaliza el 4 de Febrero de 2025.
REMISIÓN DE RESOLUCIONES POR LAS ENTIDADES LOCALES
Las entidades locales deberán remitir la resolución del concurso, comprensiva de la totalidad de los candidatos no excluidos, según su orden de puntuación, al Ministerio para la transformación digital y de la Función Pública dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Para ello, deberán utilizar el formulario que se encuentra a disposición en la sede electrónica en el enlace: Formulario de remisión de resolución de los concursos ordinarios FHCN
Junto con el formulario deberán acompañar:
- Resolución motivada de la Corporación por la ques adjudica/declara desierto el puesto
- Relación de solicitantes admitidos y excluidos para el puesto (sólo nombre y DNI)
Se recuerda que, de conformidad con el articulo 40 del RD 128/2018, las corporaciones locales disponen hasta el 18 de marzo de 2025 para remitir sus resoluciones. Este plazo es improrrogable, declarandose desierto todo aquel puesto cuya adjudicación no haya sido comunicada dentro del mismo en la forma indicada.