Jubilaciones y prolongaciones del servicio activo de personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional (FHCN)

Las entidades locales donde estén prestando (o viniesen prestando) servicios esta clase de personal deben dar traslado a este Ministerio tanto de las jubilaciones (incluyendo las jubilaciones por incapacidad permanente) como de las prolongaciones del servicio activo de esta clase de personal, a los efectos de su inscripción en el registro integrado de FHCN con la mayor brevedad posible y con el fin de que la plaza ocupada por el FHCN sea o no considerada vacante, según proceda, a los efectos de la previsión de plazas a ofertar.  

A estos efectos, se han habilitado sendos procedimientos en la sede electrónica administraciones públicas y a continuación se describe la documentación que se ha de presentar:

NOTIFICACIÓN DE JUBILACIONES DE FHCN (INCLUYENDO INCAPACIDADES PERMANENTES)

La edad de la jubilación forzosa del personal funcionario incluido en el régimen general de la Seguridad Social, en el que se encuentra el FHCN, será la que prevean las normas reguladoras de dicho régimen para el acceso a la pensión de jubilación en su modalidad contributiva sin coeficiente reductor por razón de la edad. Alcanzada dicha edad, y salvo que se haya concedido la prolongación de la permanencia en el servicio activo, el FHCN perderá su condición de funcionario de carrera por jubilación.

En todo caso, el FHCN deberá ser jubilado al cumplir 70 años.

Las entidades locales deben notificar las jubilaciones de sus FHCN, tan pronto como éstas se produzcan, a través de la sede electrónica de este Ministerio, utilizando el procedimiento denominado “Inscripción de jubilaciones de personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional “ cuyo enlace se facilita en el apartado “Medios de presentación”, presentando la siguiente documentación:

  • Decreto de Alcaldía declarando la jubilación
  • En caso de que dicho decreto tenga fecha previa a aquella en que se produzca la jubilación, se acompañará documentación acreditativa del cese por jubilación (acta de cese/baja efectiva en TGSS).

Este procedimiento también resultará de aplicación a las jubilaciones por declaración de incapacidad permanente, en cuyo caso la documentación a presentar será la siguiente:

  • Decreto de Alcaldía declarando la jubilación por incapacidad permanente.
  • Resolución del INSS declarando la incapacidad permanente.

 

NOTIFICACIÓN DE PROLONGACIONES EN EL SERVICIO ACTIVO DE FHCN

La edad de la jubilación forzosa del personal funcionario incluido en el régimen general de la Seguridad Social, en el que se encuentra el FHCN será la que prevean las normas reguladoras de dicho régimen para el acceso a la pensión de jubilación en su modalidad contributiva sin coeficiente reductor por razón de la edad. Sin embargo, el funcionario podrá solicitar a la Administración en la que presta sus servicios le conceda la prolongación de la permanencia en el servicio activo, como máximo hasta que se cumpla setenta años de edad.

Mediante este procedimiento se tramita la inscripción la prolongación de la permanencia en servicio activo de los Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Las entidades locales deben comunicar las prolongaciones del servicio activo de sus FHCN, tan pronto como éstas se concedan, a través de la sede electrónica de este Ministerio, utilizando el procedimiento, denominado “Inscripción de la prolongación de la permanencia en servicio activo de personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional”, cuyo enlace se facilita en el apartado “Medios de presentación”, presentando la siguiente documentación:

  • Decreto de del órgano competente aceptando la prolongación del servicio activo solicitada por el/la funcionario/a

Esta prolongación de servicio activo tendrá como fecha máxima de vigencia el día en que dicho FHCN cumpla 70 años.

NOTA: Cuando se produzca la jubilación del personal en prolongación del servicio activo, esta deberá notificarse conforme a lo dispuesto en el apartado anterior (Notificación de jubilaciones de FHCN).

 

MEDIO DE PRESENTACIÓN (ACCEDA)

Las solicitudes de inscripción se presentarán a través de la web de la sede electrónica de Administraciones Públicas, para lo que habrá de estarse en posesión de algún medio válido para la identificación y firma electrónica.

NOTIFICACIÓN DE JUBILACIONES DE FHCN, en el siguiente enlace:

https://sede.administracionespublicas.gob.es/login/index/idp/360

NOTIFICACIÓN DE PROLONGACIONES EN EL SERVICIO ACTIVO DE FHCN

https://sede.administracionespublicas.gob.es/login/index/idp/361

 

CONSULTA SOBRE EL ESTADO DEL EXPEDIENTE

Las entidades locales y el FHCN interesados en el expediente podrán consultar el estado de tramitación en el siguiente enlace, accediendo con algún medio válido para la identificación y firma electrónica al menú superior 'Mis Expedientes':

https://sede.administracionespublicas.gob.es/login