Curso selectivo de la función inspectora

La necesidad de tener superado este curso selectivo para los funcionarios que aspiren a cubrir por concurso puestos de inspectores/as de servicios en los diferentes Ministerios, viene determinada por lo dispuesto en el artículo 15.2.d) del Real Decreto 799/2005, de 1 de julio, por el que se regulan las inspecciones generales de servicios de los departamentos ministeriales.

Actualmente, la regulación del curso se encuentra establecida en la Orden TFP/1125/2020, de 25 de noviembre,, en la que, entre otros extremos, se detallan sus características, las condiciones de acceso al mismo, los méritos a valorar para los solicitantes y el elenco de materias sobre las que puede versar cada edición del curso.

La convocatoria de cada una de las ediciones, que establece las peculiaridades concretas de la misma, se lleva a cabo por resolución del Instituto Nacional de Administración Pública (INAP). En ella también figura la composición del órgano de selección que llevará a cabo la determinación de los alumnos y la calificación de los trabajos que éstos deban realizar a lo largo de su celebración.

 

Orden TFP/1125/2020, de 25 de noviembre, por la que se regula el curso sobre el desarrollo de la función inspectora en la Administración General del Estado.